Requisitos para ser Presidente de Chile
Qué exige la Constitución para ser candidato a la Presidencia: nacionalidad chilena de nacimiento o descendencia, 35 años y calidad de ciudadano con derecho a sufragio.
La Constitución establece requisitos específicos para ser elegido Presidente de la República. Entre ellos hay uno que depende del tipo de nacionalidad.
Los requisitos
Según el artículo 25 de la Constitución, se requiere:
- Tener la nacionalidad chilena de acuerdo con los números 1 o 2 del artículo 10: es decir, ser chileno por nacimiento en Chile o hijo de padre o madre chilenos nacidos en el extranjero.
- Tener cumplidos 35 años de edad.
- Poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.
Qué significa
- Los nacionalizados por carta o por gracia no pueden ser Presidente.
- Los chilenos nacidos en el extranjero de padre o madre chilenos pueden serlo, si cumplen la condición de ascendientes del artículo 10 N° 2.
- La edad se cuenta al momento de la elección, según la ley.
Duración y elección
El Presidente es elegido por votación directa y dura el período que fija la Constitución, sin reelección inmediata. Revisa el texto vigente en la Biblioteca del Congreso Nacional, porque las reglas del período pueden haber cambiado.
Otros cargos
Los requisitos para diputados, senadores y otras autoridades son distintos. Ver cargos de elección popular para nacionalizados.
Por qué importa la vía de nacionalidad
Esta exigencia ilustra por qué la forma de adquirir la nacionalidad puede tener efectos jurídicos. Ver artículo 10 de la Constitución y hijos de chilenos nacidos en el extranjero.
Más información
Revisa los requisitos de la ciudadanía.
La información de este sitio es general y educativa. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la información oficial. Las leyes y los procedimientos migratorios cambian con frecuencia: verifica siempre en el Servicio Nacional de Migraciones, el Registro Civil, la Cancillería y las autoridades del país que corresponda.