Guía

Requisitos para obtener la carta de nacionalización en Chile

Requisitos para nacionalizarse chileno: mayoría de edad, residencia definitiva vigente y 5 años de residencia. Plazos reducidos y excepciones.

Carta de nacionalización · 1 min de lectura · Actualizado el 6 de noviembre de 2026

Los requisitos para solicitar la carta de nacionalización están establecidos en la ley y se detallan en la ficha oficial de ChileAtiende, que se actualiza cuando cambia la normativa.

Requisitos generales

  1. Ser mayor de edad. También pueden solicitarla los menores desde cierta edad, con autorización: ver nacionalización de menores.
  2. Ser titular de residencia definitiva vigente.
  3. Acreditar 5 años o más de residencia en Chile. Según la ficha oficial, el plazo se cuenta desde la fecha de estampado de la residencia temporal que dio origen a la residencia definitiva. Algunas fuentes lo cuentan desde la residencia definitiva, por lo que conviene confirmar el cómputo en el Servicio Nacional de Migraciones.

Plazo reducido

La Ley 21.325 contempla una vía en que el plazo puede ser menor, de 2 años, en situaciones específicas, como la de quienes están casados con un chileno o chilena, siempre que el matrimonio esté inscrito en Chile. Ver nacionalización por matrimonio.

Otros aspectos que se revisan

  • Que la persona cuente con residencia continua y no haya superado las ausencias permitidas.
  • Que no existan impedimentos legales o antecedentes que obsten.
  • Que los documentos presentados sean válidos.

Los requisitos exactos y las excepciones pueden cambiar; consulta la ficha oficial antes de postular.

Cómo calcular tu plazo

Anota la fecha de estampado de tu primera residencia temporal y cuenta cinco años de residencia regular. Revisa tus períodos de ausencia: plazo de residencia para nacionalizarse.

Siguiente paso

Reúne los documentos y sigue el paso a paso.

La información de este sitio es general y educativa. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la información oficial. Las leyes y los procedimientos migratorios cambian con frecuencia: verifica siempre en el Servicio Nacional de Migraciones, el Registro Civil, la Cancillería y las autoridades del país que corresponda.

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