Plazo de residencia para nacionalizarse: cómo contar los años
Cómo se cuentan los cinco años de residencia para pedir la carta de nacionalización, qué períodos se consideran y el plazo reducido de dos años.
Uno de los requisitos centrales para obtener la carta de nacionalización es acreditar un tiempo mínimo de residencia en Chile. Contarlo bien evita que la solicitud sea rechazada.
El plazo general
La regla general exige cinco años o más de residencia en Chile y ser titular de residencia definitiva vigente.
Desde cuándo se cuenta
Según la ficha oficial de ChileAtiende, el plazo se cuenta desde la fecha de estampado de la residencia temporal que dio origen a la residencia definitiva. Algunas fuentes periodísticas señalan que se cuenta desde la residencia definitiva. Como existen interpretaciones distintas, confirma el cómputo con el Servicio Nacional de Migraciones antes de postular.
Residencia continua
La residencia debe ser regular y sin interrupciones relevantes. Las ausencias prolongadas del país pueden afectar el cómputo, por lo que debes revisar los límites que establece la normativa y conservar los registros de tus entradas y salidas.
El plazo reducido
La Ley 21.325 contempla un plazo menor, de dos años, en ciertos casos, por ejemplo para quienes están casados con un chileno o chilena. Ver nacionalización por matrimonio.
Ejemplo de cálculo
Si tu primera residencia temporal fue estampada el 15 de marzo de 2021 y mantuviste residencia regular, cumplirías cinco años el 15 de marzo de 2026, siempre que además cuentes con residencia definitiva vigente.
Cómo verificar tu situación
- Revisa las fechas de estampado de tus cédulas y visas.
- Pide tu historial migratorio al Servicio Nacional de Migraciones.
- Conserva tus certificados de entradas y salidas.
Después de calcularlo, revisa los requisitos y el checklist.
La información de este sitio es general y educativa. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la información oficial. Las leyes y los procedimientos migratorios cambian con frecuencia: verifica siempre en el Servicio Nacional de Migraciones, el Registro Civil, la Cancillería y las autoridades del país que corresponda.