Ley de Memoria Democrática y Ley de Nietos: qué fue y qué queda
Qué establecían la Ley de Nietos y la Ley de Memoria Democrática para descendientes de españoles, cuándo terminaron sus plazos y qué alternativas existen.
España aprobó dos leyes que facilitaron la nacionalidad a descendientes de personas exiliadas. Muchos chilenos se beneficiaron de ellas.
Ley de Memoria Histórica y Ley de Nietos (2007)
La Ley 52/2007 permitió optar a la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles originarios, en un plazo que terminó en 2011.
Ley de Memoria Democrática (2022)
La Ley 20/2022 amplió el derecho a otras personas descendientes de españoles que perdieron o renunciaron a su nacionalidad por razones de exilio, incluidos nietos y, en algunas circunstancias, bisnietos, y a hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad por las leyes anteriores.
El plazo ya terminó
El plazo para presentar solicitudes se prorrogó una vez y venció el 22 de octubre de 2025, según informaron las autoridades españolas. Después de esa fecha no se admiten nuevas solicitudes por esta vía. Chile fue uno de los países con más solicitantes.
Quiénes ya la obtuvieron
Las personas que presentaron su solicitud dentro del plazo siguen el procedimiento hasta su resolución. Quienes obtuvieron la nacionalidad pueden registrarla en el consulado.
Qué opciones quedan
- Nacionalidad por residencia en plazo reducido para iberoamericanos. Ver nacionalidad española por residencia.
- Otras vías previstas en el Código Civil, como la opción por padre o madre españoles.
- Verifica en el Ministerio de Justicia o en el consulado si existen nuevas medidas.
Qué hacer si tienes una solicitud pendiente
Responde a los requerimientos de documentación y conserva los comprobantes. Ver legalización y traducción de documentos.
Para el convenio con Chile, lee convenio de doble nacionalidad con España.
La información de este sitio es general y educativa. No constituye asesoría jurídica ni reemplaza la información oficial. Las leyes y los procedimientos migratorios cambian con frecuencia: verifica siempre en el Servicio Nacional de Migraciones, el Registro Civil, la Cancillería y las autoridades del país que corresponda.